FUNCIÓN GENERAL

La Oficina Generadora de Recursos del Ejército es la unidad orgánica técnico administrativa dependiente del Comando General de Apoyo del Ejército, responsable de proponer normas, promoción de los recursos disponibles de la Institución, supervisar y evaluar sus resultados, así como asesorar en las áreas de promoción, formulación y evaluación de proyectos de generación de recursos.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

  • Formular y evaluar proyectos de generación de recursos propuestos por las unidades operativas.

  • Realizar la promoción de los recursos disponibles de la Institución de acuerdo a normas legales vigentes.

  • Efectuar el seguimiento de los actos contractuales realizados por las Unidades Operativas que generen Recursos Directamente Recaudados.

  • Proponer normas para la generación de recursos.

  • Asesorar al Comandante General del Comando General de Apoyo del Ejército en aspectos de su competencia.

  • Otras por orden del Comandante General del Ejército o del Comandante General del Comando General de Apoyo del Ejército.

Según el REGLAMENTO DE LA LEY DEL EJÉRCITO DEL PERÚ.